Want to make creations as awesome as this one?

Transcript

PROYECTORATAPINYADA

RATAPINYADA. Adaptación del centro de valoración de la discapacidad a la ley de accesibilidad universal (acceso a la información).

IDENTIFICACIÓN

El Centro de valoración de la discapacidad RATAPINYADA es un servicio de atención al público que se puso en marcha en 2009 y es el centro competente para el reconocimiento de la discapacidad. En agosto de 2017 entró en vigor la ley 8/2017 de accesibilidad universal de las Illes Balears y este proyecto permite la adaptación del centro a la normativa relacionada con acceso a la información: sistemas informativos e intérpretes en lengua de signos.

DESCRIPCIÓN

La ley 8/2017 de accesibilidad universal de las Illes Balears establece que en el plazo de un año, (la ley entró en vigor el 6 de agosto de 2017), se tiene que desplegar la ley y en un plazo de 18 meses debe estar elaborado el Plan autonómico de accesibilidad. A día de hoy no se ha realizado ningún estado de la cuestión ni se ha solicitado al personal técnico aportaciones ad hoc.

JUSTIFICACIÓN

Adaptar el centro RATAPINYADA estableciendo cartelería adaptada y sistemas de información y comunicación adecuados a las personas con discapacidad así como la contratación de intérpretes en lengua de signos.

OBJETIVO

• Cartelería adaptada en sistema braille y formulada en pictogramas.• Contratación de 1 intérprete en lenguaje de signos de apoyo informativo y de interpretación en las entrevistas concertadas.

ALCANCE

• Contrato con empresa de diseño de cartelería en braille y de documentos basados en pictogramas. Supone elaboración y diseño del material, revisión técnica, edición y colocación.• 1 intérprete en lenguaje de signos. Asumirá funciones informativas y de traducción de entrevistas concertadas.

RECURSOS

• Contrato menor con empresa de diseño de cartelería: 12.000€ (sin IVA)• Contrato de 1 intérprete en lenguaje de signos: 42.000 € (capítulo 1. Gastos de personal).• COSTE TOTAL: 54.000 €

COSTES

En relación a la empresa de diseño dispone hasta el 6 de agosto para la colocación del material editado. La persona intérprete de lenguaje de signos iniciará contrato el 01.02.18 hasta el 31.12.18 (previa valoración se realizarán renovaciones anuales en la contratación).

TIEMPO

CRONOGRAMA

• Toda cartelería debe estar indicada en sistema braille y con pictogramas: rotulación externa (identificación del servicio), rotulación interna (servicios prestados, despachos, salas de espera, sala de distribución, sala de información, aseos, ascensores, pasillos, escaleras, sistemas de evacuación en caso de emergencia, extintores y resto de indicaciones). El diseño debe adaptarse a la normativa de identidad corporativa del Govern de les Illes Balears: http://mic.caib.es• La persona intérprete debe disponer de la titulación de Intérprete en lenguaje de signos y formación complementaria en discapacidad.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Toda la cartelería deberá ser revisada por personal técnico para adecuarla al centro RATAPINYADA. Finalmente quedará limitada a la valoración política del producto para su visto bueno definitivo.

LIMITACIONES

Las personas interesadas en el proyecto serán las usuarias del servicio en primer lugar y en segundo lugar el personal técnico que realiza las entrevistas de valoración de reconocimiento de discapacidad ante usuarias que solo se expresan a través del lenguaje de signos.

PERSONAS INTERESADAS

• Jefatura de Servicio de administración: para la redacción y ejecución del contrato menor y de la contratación del personal.• Trabajador o trabajadora social para la revisión técnica de la documentación que se elabore.• Personal de mantenimiento para la supervisión en la colocación del material.

ORGANIZACIÓN DEL PROYECTO

Como principal riesgo se baraja la contratación de nuevo personal dadas las limitaciones en realizar nuevas contrataciones. En este caso el riesgo es menor dado que hay una ley que ampara la contratación.

RIESGOS INICIALES

El proyecto da cumplimiento a la ley 8/2017 de accesibilidad universal de las Illes Balears. Dado que la propia ley establece cuándo debe desplegarse y un régimen de sanciones no se detectan dificultades políticas en la aprobación del proyecto. El proyecto políticamente es rentable dado que servirá de modelo a otros centros y la Conselleria competente será pionera en su implementación.

REQUISITOS DE APROBACIÓN

• Jefe o Jefa de Servicio de Administración.• Trabajador o trabajadora social.

NOMBRAMIENTO DE RESPONSABLES

DE AQUÍ AL INFINITO